domingo, 25 de septiembre de 2016

Demogan Preguntas y Observaciones a la licitación del Fondo Nacional del Ganado

Les compartimos, algunas preguntas y observaciones que enviamos al ministerio de agricultura para que las evalúen antes que decidan quién puede licitar el Fondo Nacional del Ganado.
Este ejercicio lo adelantamos Heraclio Guevara, Jorge Castro, Lady Arbeláez y Roberto Ramírez.
Reiteramos, que es de la mayor importancia que ese ministerio defina la manera como va ser modificada la ley, antes de entregarle el manejo del Fondo a nadie.
1.    ¿Cómo se va a blindar el proceso de selección para que no regresen asociaciones, federaciones u organismos que pertenecían a la junta del fondo nacional del ganado e   incurrieron en los hechos que aplicó el MADR, establecidos en el D. 2537 de 2015?
2.    ¿Cómo se va a reestructurar la junta del fondo nacional del ganado donde la mayoría de votos para la toma de las decisiones está en cabeza de Fedegán, con el fin de que la administración del mismo no incurra en las fallas administrativas evidenciadas en el pasado?
3.    ¿La figura de Fedefondos está vigente? ¿Cuántos fondos ganaderos quedan en Colombia?
4.    ¿Por qué se ha preferido iniciar el proceso de contratación de la administración del FNG, sin haberse expedido la norma que permite la participación de los pequeños ganaderos?
5.    ¿No es suficiente con el 5% que se le reconoce al administrador, para gerenciar el Fondo Nacional Ganado? Les agradecemos que nos amplíen la información.
6.    ¿El actual FNG se va a entregar con su contabilidad ajustada a las NIIF?
7.    ¿Por qué no se menciona cómo se va a dar aplicación a las sentencias C-678 de 1998 y C-253 de 1995?
8.    No se evidencian los parámetros, criterios y exigencias con los que el MADR va evaluar los parámetros de transparencia, democracia y representatividad. Este es un tema de la mayor preponderancia para Demogan.
9.    En el país no existe ningún gremio nacional que represente a los gravados con la cuota parafiscal, pues en ningún caso se encuentran asociados a un gremio que pueda administrar el FNG, por qué no se ha abierto esta posibilidad, ni se ha construido un camino para formalizar esta situación
10.                      ¿Cómo se ha analizado el plazo de 90 días de que trata el Decreto 947 de 2016, y por qué motivo el Ministerio ha interpretado los mandatos del mismo por fuera de su texto, en especial aplicando la sentencia C-132 de 2009
11.                      ¿Por qué cuando se dice que se contratará, se plantea una liquidación?
12.                      Especificar la manera como debe manejarse el rubro de administración.
13.                      ¿Considera el ministerio que el 30% del dinero del FNG es suficiente para manejar la campaña de la aftosa?
14.                      ¿Qué va pasar con el FEP?
15.                      ¿Por qué no se habla de la junta del FNG?
16.                      ¿Por qué se aplica el plazo del contrato a 10 años, aplicando la Ley 89 de 1993, sin utilizar el resto de tal cuerpo normativo?
17.                      ¿Cuando llegan las bases de datos del FNG al MADR, y cómo se entrega al nuevo administrador?
18.                      ¿Cómo se va a establecer el cumplimiento de las normas nacionales de archivo?
19.                      ¿Cómo se incorporan las observaciones de la Contraloría General de la República al proceso de contratación?
20.                      ¿Por qué no se da oportunidad a los gravados con la cuota parafiscal de administrar directamente el FNG?
En síntesis, continuamos viendo que la democracia es la gran ausente en todo este proceso.
Queremos de todas maneras, dejar constancia que directamente, el MADR, nos explicó las razones para sacar la licitación y desde luego nos invitó a que hiciéramos los reparos que consideráramos. Este blog, no es otra cosa que cumplirle al ministerio con su solicitud.

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